Presupuesto por resultados. Indicadores de Género: educación, salud y programa juntos

Movimiento Manuela Ramos
Autora: Rosa Bravo
País: Perú
Año: 2007
La educación y la salud son derechos humanos fundamentales reconocidos en los principales pactos y declaraciones internacionales. Sin una educación de calidad es imposible lograr la equidad social y la igualdad de género. Asimismo, constituye deber del Estado asegurar el acceso a servicios de salud en los que se brinde un trato digno, respetando la cultura de las personas.
La Ley de Equilibrio Financiero (Ley 28929) y la del Presupuesto del Sector Público (Ley 28927) para el ejercicio 2007, señalan once acciones que deben ser asumidas como prioritarias por los gobiernos —nacional, regionales y locales—: atención a la madre gestante, registro del nacimiento e identidad, atención del neonato menor de 29 días, atención del niño sano menor de cinco años, atención de enfermedades diarreicas agudas y enfermedades respiratorias agudas, control de asistencia de profesores y alumnos, atención educativa prioritaria a niños y niñas de cinco a siete años, formación matemática y comprensión de lectura al final del primer ciclo de primaria; supervisión, monitoreo y asesoría pedagógica y capacitación a docentes; atención a infraestructura escolar en condiciones de riesgo; y vigilancia y control de la calidad del agua para consumo humano y del Programa nacional de Apoyo Directo a los más Pobres “JUNTOS”. Todas ellas, manda también la modificada Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, analizadas desde su incidencia en términos de equidad de género[1]. Sin embargo, en el transcurso del año los sectores involucrados no han construido la batería de indicadores que permitirá evaluar los cambios sufridos en la situación y contexto determinados. De ahí la importancia del presente trabajo.
Presupuesto por resultados.Indicadores de género: educación, salud y el Programa “JUNTOS” es, por tanto, una contribución en la lucha contra la pobreza y la desigualdad de género, pues aporta indicadores de género para las actividades de educación y salud contempladas como prioritarias en la implementación del presupuesto por resultados para el año fiscal 2007; e indicadores de género para el seguimiento del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres “JUNTOS”.
Para la autora, la desigualdad en la distribución de los ingresos reproduce la desigualdad en la educación. Por ello, una propuesta de indicadores de género asociados a los temas del presupuesto debe incluir la diferenciación por sexo de la población, así como indicadores sobre temas o problemas adicionales que incorporen la igualdad de género en el sistema educativo.
De otro lado, desde la salud: “La educación de la madre y el orden de nacimiento son factores asociados a los diferenciales de mortalidad infantil y en la niñez”. Ambos factores, según apunta con acierto Rosa Bravo, son manifestaciones de la pobreza. Las políticas públicas que mejoren la educación de las mujeres y fomenten su capacidad para ejercer sus derechos sexuales y reproductivos pueden lograr avances en la igualdad de género y disminuir la mortalidad infantil y en la niñez.
El Movimiento Manuela Ramos entrega este documento con el ánimo de aportar al desarrollo de un sistema de monitoreo de género del presupuesto público.
Lima, diciembre de 2007.
[1] La Ley Nº 29083, iniciativa legislativa de la congresista Rosario Sasieta, aprobada en setiembre de 2007, modifica el artículo 47 inciso 4 de la ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411, señalando que:
“En la evaluación del Presupuesto del Sector Público, las entidades públicas incorporarán, en el análisis, la incidencia en políticas de equidad de género.
El poder Ejecutivo definirá, progresivamente, las entidades públicas, y los programas, actividades y proyectos que incorporen en la evaluación presupuestal dicha incidencia”.
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